Si usted está casado con un ciudadano estadounidense, puede obtener la residencia por matrimonio como “familiar inmediato”, una categoría que no tiene límite anual de visas. Su cónyuge presenta el Formulario I-130 y usted, según su situación, pide el ajuste de estatus dentro del país (Formulario I-485) o hace el trámite en un consulado. Pero no basta con casarse: hay que demostrar que el matrimonio es real, y en 2026 USCIS revisa estos casos con más cuidado.
¿Quién puede obtener la residencia por matrimonio?
En general, se necesita:
- Un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense.
- Que el matrimonio sea de buena fe, es decir, que se casaron para formar una vida juntos y no para obtener beneficios migratorios.
- Que los matrimonios anteriores de ambos hayan terminado legalmente.
- Que el cónyuge ciudadano pueda firmar la declaración jurada de patrocinio económico (Formulario I-864) o tenga un patrocinador conjunto.
- Que usted sea admisible, o que califique para un perdón (waiver) si tiene ciertos problemas migratorios o penales.
Si su cónyuge es residente permanente y no ciudadano, el proceso es parecido, pero cae en la categoría F2A, que sí tiene límite anual y puede tener espera. El proceso empieza con una petición familiar I-130.
¿Trámite dentro de EE. UU. o en un consulado?
| Ajuste de estatus | Proceso consular | |
|---|---|---|
| Dónde | Dentro de Estados Unidos, ante USCIS | En un consulado de EE. UU. en el extranjero |
| Formularios principales | I-130 (y I-130A) junto con el I-485 | I-130, luego trámite con el Centro Nacional de Visas (NVC) |
| Quién suele usarlo | Quien entró legalmente (fue inspeccionado y admitido, o recibió parole) | Quien vive fuera del país o no puede ajustar su estatus |
| Entrevista | En una oficina de USCIS | En el consulado |
Para el cónyuge de un ciudadano, la ley perdona algunas faltas, como haberse quedado más tiempo del permitido o haber trabajado sin autorización, si la persona entró legalmente. Quien entró sin inspección, en general, no puede ajustar su estatus dentro del país y debe hacer el proceso consular, a veces con un perdón por presencia ilegal. Salir del país sin un plan puede activar castigos de 3 o 10 años, así que hable con un abogado antes de viajar.
¿Qué cambió en 2025 y 2026?
- Memorándum de mayo de 2026 (PM-602-0199): USCIS describe el ajuste de estatus como un beneficio discrecional y “extraordinario”, y pide a los oficiales dar peso a estadías vencidas, violaciones de estatus y trabajo sin autorización. La ley no cambió, pero sí el nivel de escrutinio. Lea nuestro análisis del memorándum (en inglés).
- Agosto de 2025: USCIS actualizó su Manual de Políticas sobre peticiones familiares. Indica cuándo puede exigir entrevista y que puede emitir una Notificación de Comparecencia (Notice to Appear) ante la corte de inmigración si el familiar es deportable.
- Más entrevistas en persona: espere ser citado a una entrevista y llevar pruebas actualizadas de su vida en común.
¿Cómo demostrar que el matrimonio es real?
- Contrato de arrendamiento o escritura de la casa a nombre de ambos.
- Cuentas bancarias, seguros o declaraciones de impuestos conjuntas.
- Actas de nacimiento de hijos en común.
- Fotos de distintas épocas, mensajes y comprobantes de viajes juntos.
- Cartas juradas de familiares y amigos que conocen la relación.
En la entrevista, el oficial puede preguntar sobre su rutina, su casa y su historia como pareja. Responda siempre con la verdad; las inconsistencias pueden causar una solicitud de evidencia (RFE) o una negación.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
Según el calendario de tarifas de USCIS vigente (edición del 7 de octubre de 2026):
- I-130: $675 en papel o $625 en línea.
- I-485 (mayores de 14 años): $1,440 en papel o $1,390 en línea.
- El permiso de trabajo (I-765) y el permiso de viaje (I-131) tienen tarifas aparte.
Las tarifas cambian; confirme en el calendario de tarifas de USCIS. El tiempo de proceso depende de la oficina de USCIS y de su caso; consulte los tiempos actuales en el sitio de USCIS.
¿Qué pasa si llevamos menos de dos años casados?
Si su matrimonio tiene menos de dos años cuando se aprueba la residencia, recibirá una residencia condicional de dos años (categorías CR1 o CR6). Si tiene dos años o más, recibirá una residencia de 10 años (IR1 o IR6). Lea más sobre las categorías IR6 y CR6 (en inglés).
Con la residencia condicional, ambos esposos deben presentar el Formulario I-751 dentro de los 90 días antes de que venza la tarjeta. Según el calendario vigente, cuesta $750 en papel o $700 en línea. Si se divorciaron o hubo abuso, puede pedir un perdón de la presentación conjunta. Vea nuestra guía sobre la eliminación de condiciones (en inglés). Más adelante, si sigue casado y viviendo con su cónyuge ciudadano, en general puede pedir la ciudadanía (en inglés) después de tres años como residente.
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¿Necesita ayuda con su caso?
La residencia por matrimonio parece sencilla, pero el historial migratorio de cada persona cambia el camino. Si tiene una entrada sin inspección, una orden de deportación o antecedentes penales, consulte antes de presentar. Vea también nuestra página de inmigración familiar (en inglés).
BCA Law Firm, fundado por la abogada Bhavya Chaudhary, tiene su oficina en 700 Holcomb Bridge Road, Norcross, GA 30071. Ofrecemos consultas de 30 minutos por $175, en nuestra oficina de Norcross o en línea. Puede programar su consulta en línea o llamar al 678-292-6111, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m. Vea todos nuestros servicios en nuestra página de abogado de inmigración en Atlanta.
Este artículo ofrece información general y no constituye asesoría legal. Cada caso es diferente; consulte a un abogado sobre su situación.